Si a usted, lo "sancionan" cambiándolo de turno; están violando el artículo 14 del Reglamento General para Enseñanza Media (Normal y Comercial) - Resolución N° 1704 fechado en La Plata el 28 de abril de 1958
"Artículo 14) Las Direcciones de los establecimientos en ningún caso están autorizadas para disponer por sí, cambio alguno en la situación de revista del personal, ya sea en el turno, asignatura o funciones, que le han sido asignadas por decreto, resolución ministerial u otra disposición superior."
La sangre tiene razones / Que hacen engordar las venas
Pena sobre pena y pena / Hacen que uno pegue el grito.
La arena es un puñadito / Pero hay montañas de arena.
No permitas que te aplasten como hormiga; junta piedrita con piedrita, arena con canto rodado; corazón de hierro con cemento, y agítalo... Transfórmate en hormigón armado...
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2 comentarios:
A MI ESTAS PERSONAS ME CAMBIARON EL HORARIO MUCHAS VECES Y YO NO SABIA QUE NO PODIAN HACERLO. AHORA TOMO CONCIENCIA. PERO QUISIERA QUE ELLOS ENTREN EN ESTE BLOGGER
No es tu culpa compañera/o nadie puede andar dudando de los que supuestamente son nuestros "compañeros" con un cargo jerárquico, pero de ahora en adelante tenes herramientas para defenderte. Adelante!
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