La sangre tiene razones / Que hacen engordar las venas

Pena sobre pena y pena / Hacen que uno pegue el grito.

La arena es un puñadito / Pero hay montañas de arena.

Atahualpa Yupanqui

No permitas que te aplasten como hormiga; junta piedrita con piedrita, arena con canto rodado; corazón de hierro con cemento, y agítalo... Transfórmate en hormigón armado... Osalto, año de la resistencia

Por Información sobre Acoso Laboral:

http://www.acosomoral.org/indexmobbing.htm

sábado, 9 de junio de 2007

Y el 28 de febrero del 2007......¿Cambiamos las especialidades para cesar a los docentes?


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Al comenzar el ciclo lectivo en días de mesas de examen el 23 de febrero de 2007 en el libro de comunicados del personal hay una llamado a cobertura de las horas especializadas del Bachillerato de adultos de las dos especialidades existentes, cambiando los contenidos y las especialidades sin previo aviso a los docentes que estaban dictando los espacios desde hace aproximadamente 10 años. Si bien el director podria haber tomado, la decisión de cambiar la especialidad tendría que haber consultado al Departamento que correspondiera en cada caso, al Consejo Asesor si lo hubiere y solicitar una propuesta para dicho cambio. Lo que no se puede hacer es:

-La convocatoria sin citar normativa que avale dicho acto administrativo.

- Realizar el cambio en los tres años en forma simultánea.

- Cesar a los docentes que estaban dictando los espacios, citando al consejo asesor y al Inspector areal como resolutivos del cese, ya que el Estatuto del docente en su artículo 109 del Estatuto del Docente especifica las razones del cese de un docente, titular, provisional y suplente. (Ya que cumpliendo con su cometido al inicio de clases ceso a los docentes como lo habia planeado con antelación como era vox populi al finalizar el año anterior)

ARTICULO 109°: El personal docente provisional cesará:

a) Al cubrirse el cargo u horas-cátedra con un docente titular.

b) Al cubrirse la vacante con un docente titular con reubicación transitoria o servicios provisorios.

c) (Texto según Ley 13170) Al finalizar las tareas correspondientes a cada curso escolar, en los casos que el docente no haya contado en el momento de su acceso con título habilitante para el cargo, horas cátedra o módulos, que desempeña.

NOTA ENVIADA AL DIRECTOR HORACIO CANESI ADVIRTIENDO DE ERRORES DE LA CONVOCATORIA ANTES QUE SE LLEVARA A CABO EL ACTO ADMINISTRATIVO.


Pilar, 28 de febrero de 2007

Al Sr. Director

De la Escuela Media N° 6

Prof: Horacio Canesi

S__________/__________D.-

De mi mayor consideración:

Me dirijo a usted a los efectos de comunicarle haciendo uso del derecho que me confiere la antigüedad en el establecimiento, en el Departamento Economía, gestión y producción y en el dictado del espacio curricular Horas Especializadas su desacertada modalidad para cambiar la orientación en el Bachillerato de Adultos sin considerar a los docentes de la especialidad mas antiguos convocando a una reunión de Departamento para el cambio del mismo, modo en que se habría actuado en cualquier otro establecimiento.

El cambio producido esta viciado de errores ya que muchos de los contenidos que se proponen para los nuevos espacios se estan dando en las asignaturas de la especialidad.

Por lo que se solicita se convoque una reunion de los miembros del departamento, interesados en analizar la situación planteada en los considerandos a los efectos de estudiar la supuesta desactualización de los contenidos y de considerarlo pertinente proponer la propuesta de modificación de la orientación y elevarla a consideración de la Dirección de Educación Polimodal y TTP para su aprobación, puesto que el cambio podría afectar la designación de los actuales docente provisionales que dictan los espacios; y que no podrían ser desplazados ni cesados fuera de las causales previstas en el Estatuto del Docente. Esta consideración presupone también la definición de la nueva modalidad, sus alcances y aplicación gradual, de ser necesaria, la modificación.


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